COMPENDIO DE DERECHO PROCESAL CIVIL .




COMPENDIO DE DERECHO PROCESAL CIVIL .


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Responsabilidad del deudor a sus obligaciones.




Evolución.



La obligación impone, pues, al deudor una responsabilidad para el cumplimiento de ella.
En el derecho primitivo, el deudor responde a la obligación con su persona física, un resabio de lo cual es la prisión por deudas, a que nos referiremos en el número siguiente.
Un derecho moderno debe descartar este tipo de responsabilidad, porque es atentatorio contra la dignidad de la persona humana transformar en objeto de comercio su integridad física y moral, y su libertad, para la seguridad de los créditos.



De ahí que actualmente impere en las legislaciones el principio de la responsabilidad patrimonial, a que nos referimos en el número subsiguiente, y se tienda a la eliminación total de la personal.
580. La prisión por deudas.



La disposición de la persona del deudor por sus acreedores en caso de incumplimiento se transformó por la intervención del Estado en la imposición a aquel de la pérdida de su libertad mientras no pagara sus deudas.



El Código francés contempló la prisión por deudas, que fue derogada ya en el siglo pasado; entre nosotros la reglamentaba una de las llamadas leyes marianas del año 1837, y se extendía mientras el deudor no pagara. Fue, finalmente, derogada por la ley de 23 de junio de 1868, que la dejó, sin embargo, subsistente en ciertos casos que más propiamente constituyen delitos. Son ellos:



1.° La quiebra culpable o fraudulenta, que actualmente reglamenta la Ley de Quiebras;
2.° Las penas pecuniarias de multa, que si no se pagan son sustituidas por prisión;
3.° Las deudas de los administradores de rentas fiscales, municipales o de establecimientos de educación o beneficencia creados o sostenidos por el Estado, o sujetos a la inmediata inspección del Gobierno, y
4.° Las de guardadores y albaceas, por lo que hace a la administración de los bienes que les están confiados en virtud de dichos encargos


Comentarios

Anónimo ha dicho que…
oe tio tienes mas libros de la huevada de procesal .

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