EL CONTRAINTERROGATORIO PENAL




El interrogatorio lo entendemos fácilmente como el acto de efectuar preguntas a la persona que las responderá; y, dentro de una actividad especifica de averiguación, lo imaginamos como algo obligadamente antiguo, tanto como las preguntas que un día se refiere en el Libro del Génesis, hizo Jehová a Caín: “¿Dónde esta Abel, tu hermano?”, “¿Qué has hecho?”. Visto así el interrogatorio, constituye una actividad natural y metajurídica orientada hacia la búsqueda y obtención de información que, para los efectos del proceso penal, se revestirá de determinadas características y limitaciones formales impuestas por el Derecho.
Ahora bien, el interrogatorio de testigos, en el marco del nuevo proceso penal que inaugura el Código adjetivo del 2004, cuya tendencia acusatoria es eminente, resulta, por un lado, una actuación irremplazable y fundamental dentro del juicio oral y, por otro, una actividad rigurosa y no muy fácil de dominar, debido alas altas exigencias técnicas que demanda.
Partamos de considerar que, en el modelo acusatorio anglosajón norteamericano, el interrogatorio es una solamente, entre varias técnicas de litigación que se ofrecen a los operadores de justicia, debiendo recordar ahora lo que respecto de aquellas ha sostenido Lee Bailey “Es el arma más devastadora que haya inventado el hombre, incluyendo las nucleares”. Si se comprende, en cualquier caso, la necesidad de aprehender, asimilar y utilizar una técnica acabada, para desarrollar el interrogatorio, la cual se sabe que se maneja ya en otras realidades; lo que corresponde es estudiar profundamente la forma en que se efectúa dicha actividad, en tales lugares, y adaptar su desenvolvimiento a nuestra realidad.
Link de Descarga:
Codigo de Procedimientos Penales :
España :
Universidad Técnica Particular de Loja Carrera: Abogacía Materia: Código de Procedimiento Penal II Bimestre: I Bimestre Periodo: Abril-Agosto 2008 Ponente: Dr. Patricio Cueva .







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