MANUALES DE DERECHO PENAL CLAUS ROXIN

LISTA DE LIBROS DE DERECHO PENAL

DERECHO PENAL PARTE ESPECIAL
CARLOS CREUS PARTE ESPECIAL.




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Culpabilidad y Prevencion en Derecho Penal Autor: Claus Roxin

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La Evolucion de la Política Criminal, el Derecho Penal y el Proceso Penal Autor: Claus Roxin




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Politica Criminal y Sistema del Derecho Penal Autor: Claus Roxin



ACCION ALIMENTARIA DEL HIJO EXTRAMATRIMONIAL .
Rosario Rodríguez-Cadilla Ponce

Este artículo trata del hijo extramatrimonial, es decir, aquel hijo que no ha sido voluntariamente reconocido ni judicialmente declarado respecto de su padre. Ahora bien, el solo hecho de que la madre haya tenido relaciones sexuales con un hombre durante la época de la concepción no significa que necesariamente la paternidad de ese niño recae en dicho sujeto; solo es indicativo de que existe una posibilidad más o menos razonable de que esa persona podría ser el padre. Es por eso que se propuso que el derecho alimentario de tal hijo cubriese solo lo estrictamente necesario para subsistir ya que, si bien es inhumano privar a un inocente de los alimentos, tampoco es justo que una persona que puede no ser el padre, tenga que asumir el sostenimiento del hijo con la misma amplitud que si fuera un hijo matrimonial o uno extramatrimonial reconocido o declarado.

Como lo dice textualmente la norma, el aludido derecho alimentario es el único que se concede a tal hijo, el cual, por tanto, carece respecto del "padre" de los demás derechos inherentes a la filiación establecida: apellido, protección de la patria potestad, herencia.
Ahora bien, con el desarrollo de la genética existe la posibilidad de determinar la paternidad con absoluta certeza mediante la técnica del ADN.

La dactiloscopía del ADN es una técnica bioquímica que se realiza en cualquier célula extraída del organismo (tejidos, sangre, saliva, pelos, líquido seminal o vaginal, etcétera) o de restos descompuestos, momificados y aun calcinados. Su investigación se basa en el fraccionamiento del ADN, mediante enzimas de restricción, obteniendo fragmentos característicos en cada persona (VARSI).

Desde el punto de vista jurídico las pruebas biológicas constituyen un medio ordinario de prueba en los procesos de filiación. La doctrina y la jurisprudencia han señalado que este tipo de pruebas tienen carácter pericia!. En nuestro país son pruebas de carácter extraordinario.

A manera de comentario podemos decir que en marzo del año 2000 se presentó un Proyecto de Ley que pretende configurar una base y banco de datos de ADN, aplicánd0!r: j di área policial, social, administrativa y jurídica. Esta base sería administrada por la Policía Nacional del Perú y en los procesos de investigación de la paternidad o maternidad, a petición de parte, del Ministerio Público o del Tribunal, de oficio, se podría ordenar el examen de ADN al hijo, a sus ascendientes y a terceros que sean indispensables para reconocer parcialmente las características que permitan la identificación genética entre el hijo y su prescrito padre o madre.

De otro lado, podemos mencionar como antecedentes de este artículo el numeral 464 del Proyecto de la Comision Reformadora (1981), el artículo 183 del Anteproyecto de la Comision Reformadora (1980) y los artículos 367 y 368 del Código Civil de 1936.




Extraido del Codigo Civil Peruano Comentado por los 100 mejores especialistas



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